Análisis | ¿En qué casos un policía está autorizado para utilizar su arma?
Tres expertos explican
las circunstancias en las que un arma de fuego podría ser usada a
propósito de la prisión preventiva dictada contra el agente Elvis Miranda Rojas.
Esta semana se dio a conocer que el agente de la Policía Nacional del Perú (PNP) Elvis Miranda Rojas
fue enviado a prisión preventiva por siete meses por abatir a un
delincuente durante una intervención policial en Piura. Una de las voces
que se mostró en contra fue la del ministro del Interior, Carlos Morán.
“O
están con los delincuentes o con la policía", expresó el ministro tras
reunirse con los familiares del agente PNP. En agosto del 2015, el
Ejecutivo publicó el decreto legislativo N° 1186 que
regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú.
Esta norma se dictó días después de que un video mostrara cuando
policías disparaban a manifestantes que mantenían bloqueada la Carretera Central, a la altura del distrito de La Oroya (Junín).
RPP Noticias contactó a tres expertos, quienes participaron en Ampliación de Noticias este domingo y dieron más luces sobre el uso adecuado de las armas en policías.
Medida desproporcional
El especialista en Derechos Humanos, Miguel Huertas,
señala que existe un manual en el que explica las funciones de los
policías el cual debió de ser analizado antes de que se le dicte la
prisión preventiva al agente policial.
“En el manual se precisan
las instrucciones y circunstancias en las que el personal policial puede
hacer repelo del arma de fuego”, precisó. Bajo las circunstancias en
las que se encontraba el agente Miranda, indicó que “la acción de persecución implicada un riesgo en su vida y el de otro ciudadano”.
“Lo que cuestiono es por qué la prisión preventiva cuando pudo haberse aplicado la comparecencia restringida”, apunta.
Zonas específicas
De acuerdo con el decreto
legislativo, solo se puede disparar contra la otra persona causándole
lesiones graves cuando el agente policial “es puesta en riesgo real,
inminente y actual por quien se está fugando”.
Sin embargo, para Thomas Saldias,
vicepresidente de la asociación peruana de propietarios legales de
armas de fuego, nadie podría disparar directamente cuando se encuentra
en una persecución.
“Si una persona falta el respeto a la
autoridad y se permite el uso de la fuerza letal, hay una confusión con
respecto a decir ‘no le disparen al cuerpo, sino a los pies’,
pero eso no es oportuno porque ni el mejor de los tiradores en un
momento de persecución lo podrá hacer con precisión”, indico.
Uso del arma
Para el ex director de la PNP, general Luis Montoya,
la ley es bastante clara y le da potestad al policía para actuar frente
a un caso de riesgo inminente en medio de una operación policial.
"Esto
es bien claro, el policía está en servicio los 365 días del año y las
24 horas del día. Si el policía ve el ataque a una persona, así esté en
día libre, tiene la obligación de intervenir y usar el arma que se le ha
dado", refiere.
Según el general, el uso del arma de fuego va
acorde según la peligrosidad del oponente. "Si ya se hicieron los
disparos reglamentarios que son como máximo 3, y los delincuentes están
corriendo o en fuga no vamos a esperar que nos disparen. Cuando uno está
en enfrentamiento tiene que darle al blanco, nosotros tenemos que
defender a la ciudadanía de la delincuencia", agrega.
En agosto del 2015, el Ejecutivo publicó el decreto legislativo N° 1186 que regula el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional del Perú.
Esta norma se dictó días después de que un video mostrara cuando
policías disparaban a manifestantes que mantenían bloqueada la Carretera
Central, a la altura del distrito de La Oroya (Junín). En ese entonces,
pobladores y trabajadores de Doe Run acataban un paro indefinido.
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