DECLARAN INADMISIBLE LA CANDIDATURA DE JULIO
GUZMAN EN PERU....
FOTO: "Se caga los pantalones..."
PERO NO TODO ESTA PERDIDO.....JEE LE TIENDE LA
MANO.....
SUBSANA Y SIGUE EN CARRERA.......
"NO HAY COMO DECÍA...UNA MANO NEGRA......"
El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro 1 declaró inadmisible la solicitud de inscripción del candidato presidencialJulio Guzmán y de la plancha de Todos por el Perú.
La resolución, publicada esta tarde por el jurado, precisa que la organización política tiene dos días naturales para subsanar las observaciones que indica la resolución.
Recién después de que el partido de Julio Guzmán corrija los apuntes del JEE, este organismo se pronunciará acerca de si admite a trámite la solicitud de inscripción de la plancha de Todos por el Perú.
¿Qué dice la resolución?
En su punto 3.1, el texto sobre el caso de Julio Guzmán indica que el derecho a participar en la vida política “no es un derecho absoluto, pues el propio texto constitucional el que ordena que los ciudadanos que ejercen este derecho, lo hagan conforme a las normas de desarrollo constitucional”.
En su punto 3.1, el texto sobre el caso de Julio Guzmán indica que el derecho a participar en la vida política “no es un derecho absoluto, pues el propio texto constitucional el que ordena que los ciudadanos que ejercen este derecho, lo hagan conforme a las normas de desarrollo constitucional”.
En su numeral 5, el documento indica que Todos por el Perú “deberá cumplir con informar y precisar la designación y conformación del Tribunal Nacional Electoral, adjuntando la documentación que consideren pertinentes para tal efecto”.
Asimismo, el partido de Julio Guzmán debe precisar si el vocal de su tribunal electoral, Alan Bravo Gutiérrez, estuvo inscrito en Todos por el Perú cuando se emitió el acta de las elecciones internas.
Finalmente, el jurado advierte que el domicilio consignado por Todos por el Perú “no se encuentra dentro del radio urbano determinado por este Jurado Electoral Especial”, por lo que le exige fijarlo en un lugar dentro de su jurisdicción.
No hay comentarios:
Publicar un comentario